Trámites y Servicios

Información útil y acceso a trámites y servicios

Trámites de Vivienda

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En esta sección usted puede encontrar información sobre los trámites que se realizan en la Dirección Municipal de Vivienda.

Tramites que se realizan en la Dirección Municipal de la Vivienda:

  • Cese de convivencia +

    REQUISITOS:

    -Propiedad de la vivienda o del terreno.
    -Escrito de solicitud (2 copias)
    - Sello de $ 10.00 pesos
    -Carnet de identidad del promovente.

    Solicitud de Cese de convivencia al amparo del artículo 64 de la Ley General de la Vivienda en su  (ARTICULO 64. Los propietarios de las viviendas determinarán libremente qué personas convivirán con ellos y estarán facultados para dar por terminada la convivencia de cualquier persona, para lo que no requerirán declaración administrativa ni judicial.

    Se considera convivientes a las personas que sin encontrarse en ninguno de los casos de ocupación ilegal a que se refiere la presente Ley, residen con el propietario y forman parte del grupo familiar que ocupa la vivienda, aunque no tengan relación de parentesco alguno con el propietario.

    Si el conviviente pretendiera permanecer en la vivienda contra la voluntad de su propietario, la Dirección municipal de la vivienda, a solicitud de éste, dictará resolución, si procediere, conminando al conviviente para que abandone la vivienda dentro del plazo de 30 días naturales siguientes a la fecha de la notificación de dicha resolución, y transcurrido dicho plazo sin que el conviviente abandonara la vivienda, comunicará a las entidades de donde reciben sus ingresos todos los integrantes del núcleo del conviviente en cuestión, la obligación en que estarán de practicar un descuento mensual, por concepto de uso no autorizado del inmueble, ascendente al treinta por ciento (30%) de cada ingreso. De mantenerse esa situación por tres meses, las retenciones se elevarán al cincuenta por ciento (50%) mientras dure la ocupación de la vivienda. Las cantidades producto de estas retenciones se ingresarán al presupuesto del Estado.

    En los casos de elementos de clara conducta antisocial, no vinculados a centros de trabajo, que se nieguen a cumplir las disposiciones de la autoridad competente, podrán ser obligados por la fuerza pública a cumplir dichas disposiciones).

    Tiene un término de 60 días hábiles.

  • Transferencia de propiedad de vivienda construida legalmente +

    TRÁMITE: Transferencia de propiedad de vivienda construida legalmente por esfuerzo propio en terreno particular (Finca Rústica), CPA, UBPC.

    REQUISITOS:

    -Documento del terreno

    -Licencia de construcción.

    -Certifico de Habitable.

    - Sello de $ 10.00 pesos.

    -Carnet de identidad.

    -Escrito de solicitud.

    Tiene un término de 50 días hábiles.

  • Tasación de Vivienda y Confección de expedientes terminados +

    TRÁMITE: Tasación de Vivienda

    REQUISITOS:

    -Solicitud del área a la que corresponde.

    -Habitable en caso de la vivienda terminada.

    TRÁMITE:Confección de expedientes terminados

    REQUISITOS:

    -Habitable emitido por la Dirección Municipal de Planificación Física.

    - Croquis.

    -Acta de aprobación de entrega de la vivienda.

    -Acta de entrega del organismo constructor.

    -Levantamiento Técnico.

  • Expediente de arrendamiento permanente +

    REQUISITOS:

    -Levantamiento Técnico.

    -Contrato de arrendamiento.

    -Resolución del área jurídica.

  • Actualización del Título de Propiedad +

    REQUISITOS:

    -Escrito de solicitud.

    - Sello de $ 10.00 pesos.

    - Título de Propiedad.

    -Carnet de identidad.

    -Dictamen Técnico (En Planificación Física).

    Tiene un término de 30 días hábiles.

  • Transferencia de propiedad de ocupantes de viviendas campesinas +

    TRÁMITE: Transferencia de propiedad de ocupantes de viviendas campesinas que hayan construido estas en tierras particulares antes del 17 de mayo de 1959.

    REQUISITOS:

    -Documento del terreno (Certifico de la agricultura)

    -Escrito de solicitud.

    -Carnet de identidad.

    - Sello de $ 10.00 pesos.

    -Documento del terreno (Certifico de la agricultura)

    Tiene un término de 60 días hábiles.

  • Transferencia de la propiedad sobre viviendas construidas ilegalmente +

    TRÁMITE: Transferencia de la propiedad sobre viviendas construidas ilegalmente y fueran convalidadas dichas acciones

    REQUISITOS:

    -Escrito de solicitud.

    -Carnet de identidad.

    -Certifico de Habitable según el caso.

    -Dictamen de convalidación.

    -Licencia de construcción según el caso.

    Tiene un término de 50 días hábiles.

  • Transferencia de viviendas vinculadas +

    REQUISITOS:

    -Carnet  de identidad.

    - Sello de $ 10.00 pesos.

    -Escrito de solicitud.

    -Contrato de arrendamiento.

    -Resolución de cese.

    Tiene un término de 50 días hábiles.

     

  • Transferencia de la propiedad en caso de fallecimiento del propietario +

    REQUISITOS:

    -Escrito de solicitud.

    - Sello de $ 10.00 pesos.

    -Carnet de identidad.

    -Titularidad de la Vivienda.

    -Certificado de defunción.

    Tiene un término de 50 días hábiles.

  • Solicitud de subsidio para ejecutar acciones constructivas +

    REQUISITOS:

    -Carnet de Identidad

    -Escrito de Solicitud

    -Propiedad de la Vivienda

    -Resolución de Terreno o Uso de Azotea.

  • Legalización de la Vivienda +

    REQUISITOS:

    - Carnet de Identidad

    - Escrito de solicitud

    - Certifico de defunción o Certifico de inmigración

    - Declaratoria de Herederos.

  • Nuevas asignaciones de la Vivienda +

    REQUISITOS:

    - Carnet de Identidad 

    - Escrito de Solicitud.

  • Impugnación de título de propiedad +

    REQUISITOS:

    - Carnet de Identidad

    - Escrito de solicitud

    - Título de propiedad

     - Sello de 10. Pesos. Se recomienda abogado.

  • Litigios que surjan en torno a la propiedad de la vivienda +

    REQUISITOS:

    - Carnet de Identidad

    - Título de propiedad

    - Escrito de Solicitud

    -Sello de 10. Pesos. Se Recomienda Abogado.

  • Declaración de ocupantes ilegales +

    Declaración de ocupantes ilegales al amparo de artículo 111 y 115 de la ley general de la vivienda.

  • ¿Cómo efectuar el traspaso de viviendas estatales en ejecución para su terminación por esfuerzo propio? +

    Se cita a aquellas personas que se le haya comenzado a construir su vivienda por el estado y que por un motivo u otro no se le haya dado terminación, Si estas personas están de acuerdo terminarlas por esfuerzo propio se le hace el levantamiento y se le entrega la resolución para que pague en el banco los recursos a él entregado. Una vez que efectué el pago se presenta a planificación física para que le sea otorgada la licencia de construcción. De no aceptar la propuesta. Se busca otra persona con necesidad de vivienda y se le entrega con el mismo procedimiento.

  • ¿Cómo es la legalización de la vivienda y el reconocimiento del derecho perpetuo de superficie a afectados por eventos climatológicos? +

    Si la vivienda afectada por eventos climatológicos una vez se le entregue los recursos de la afectación, Queda recuperada totalmente se lleva al consejo de la administración para que le sea aprobado el pago del derecho perpetuo de superficie, Una vez efectuado el pago en el banco Popular de Ahorro, Se presenta a planificación física para que le entreguen un dictamen técnico y con esto se le entrega la propiedad de la vivienda, Si la vivienda fuera un derrumbe total la persona paga el derecho de Superficie, Se presenta a Planificación Física y esta le comienza la documentación hasta obtener la licencia de construcción, Una vez terminada la vivienda se le entrega el habitable y describe la vivienda ante Notario Público.

  • ¿Qué hacer para la tramitación de la propiedad de las viviendas asignadas por el estado o células básicas construidas con subsidios? +

    Si la vivienda se construye por el estado y se la asigna a una persona la dirección de la vivienda corre con los trámites y se le entrega a la persona la resolución para que concurra al banco a pagar el importe de la misma. Si la Vivienda quedara vacía y se hace una nueva entrega el procedimiento es el mismo.

    Si la vivienda es un Subsidio la persona a quien se le hizo entrega de este o la persona a la que este le haya hecho el poder especial se presenta ante la dirección municipal de planificación física con todos los documentos que son Resolución de Terreno, Proyecto, Regulaciones urbanísticas y Licencia de obra y solicita el habitable, Una vez le sea entregado el habitable concurre ante notario público.

  • ¿Cuál es el valor referencial a aplicar para el cálculo de los impuestos asociados a la trasmisión de viviendas por donación y compraventa? +

    El valor referencial a aplicar para el cálculo de los impuestos a la trasmisión de viviendas por donación o compraventa es el 4% del valor de esta.

    Se tiene en cuenta para la asignación de subsidios a aquellas personas naturales que no tengan solvencia económica y que posean propiedad de su vivienda, resolución de terreno o uso de azotea.

    Para la solicitud de Terreno las Personas Naturales presentan ante la Oficina de Tramites

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